Otorgan reducción de pena a Daniel Lagostena por estímulo educativo y la familia de Érica Soriano apeló la medida
El juez de Ejecución penal le descontó 15 meses de la condena a 22 años de prisión por el femicidio de su pareja. La querella cuestiona la aplicación del beneficio: remarca que el condenado jamás mostró arrepentimiento ni reveló el destino del cuerpo. Decide la Cámara de Lomas de Zamora.
Un nuevo capítulo judicial reabrió la controversia en torno a la condena de Daniel Lagostena, hallado culpable del homicidio de su pareja, Érica Soriano, ocurrido en agosto de 2010. El titular del Juzgado de Ejecución Penal, Dr. Juan Ignacio Sorrentino, le concedió al interno una reducción de un año y tres meses en el cómputo de su condena a 22 años de prisión, tras aplicarle el beneficio del estímulo educativo.
De quedar firme el fallo, la fecha para que Lagostena acceda a la libertad asistida se adelantaría del plazo original de diciembre de 2029 al 1 de septiembre de 2028. La resolución, sin embargo, fue inmediatamente apelada por los querellantes y se encuentra ahora bajo revisión de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora.
La controversia: certificados vs. reinserción real
El mecanismo del estímulo educativo —previsto en la legislación de ejecución penal— busca incentivar la capacitación de los penados como herramienta de resocialización. Para obtener el beneficio, Lagostena acreditó desde la Unidad Penitenciaria N° 1 de Olmos un abultado legajo académico que incluye:
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Educación superior: Una Tecnicatura Superior en Industria Textil e Indumentaria y asignaturas aprobadas en las carreras de Profesorado y Licenciatura en Sociología.
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Formación técnica y de oficios: Certificados en programación, habilidades digitales, electricidad domiciliaria, manipulación de alimentos, cocina, panadería y confección textil, sumados a diversos talleres culturales.
Si bien para el juez Sorrentino esta nómina resultó suficiente para encuadrar la petición en la norma, la representación legal de la familia Soriano, encabezada por el abogado Marcelo Mazzeo, presentó una firme oposición.
“El beneficio fue concebido para procesos auténticos de reinserción social y no para la mera acumulación de certificados dentro del penal. No se puede hablar de rehabilitación cuando el condenado jamás mostró arrepentimiento ni colaboró para ubicar el cuerpo de Érica”, argumentó la querella en su escrito recursivo.

El reclamo de la familia y el escenario procesal
La desaparición de Érica Soriano, quien al momento del hecho atravesaba un embarazo de dos meses y medio, derivó en una condena fijada en 2018. A lo largo de todo el proceso y hasta la fecha, el paradero de sus restos sigue siendo un enigma que el imputado nunca aceptó esclarecer.
Para la familia de la víctima, la aplicación irrestricta de la reducción horada la naturaleza del precepto legal, permitiendo morigerar los plazos a condenados que no registran una rectificación de conducta respecto al grave delito cometido.
Cronograma de la pena (sujeto a resolución de Cámara):
| Beneficio / Hito | Fecha Original | Con Estímulo Educativo (Impugnado) |
| Libertad Asistida | Diciembre de 2029 | 1 de septiembre de 2028 |
| Libertad Condicional | 1 de junio de 2030 | Sin cambios por el momento |
| Vencimiento de la Condena | 1 de octubre de 2037 | Sin cambios |
La alzada del Departamento Judicial de Lomas de Zamora deberá resolver en los próximos días si ratifica el criterio de primera instancia o si revoca el descuento temporal concedido a uno de los femicidas de mayor repercusión pública del fuero penal bonaerense.







