Ana Luz Balor presentó una ley para combatir el hostigamiento en las cobranzas.
La diputada bonaerense Ana Luz Balor (Unión por la Patria) presentó un proyecto de ley para poner límites a las prácticas abusivas de cobranza extrajudicial y garantizar un trato digno a los consumidores que mantienen deudas. La iniciativa surge tras la derogación de una normativa nacional que regulaba la actividad de las agencias de cobranza y busca cubrir ese vacío legal en el ámbito de la provincia de Buenos Aires.
La propuesta establece un marco de protección para quienes reciben reclamos por deudas, prohibiendo expresamente cualquier conducta que implique intimidación, acoso, amenazas o afectación de la privacidad de los deudores. El texto apunta tanto a proveedores como a agencias de cobranza y terceros autorizados para realizar gestiones de recupero.
Entre las medidas previstas, se fijan nuevas obligaciones para quienes realicen reclamos extrajudiciales. Deberán informar con claridad quién es el acreedor, el monto adeudado y el detalle de los conceptos reclamados, además de acreditar su facultad para gestionar el cobro. En los casos de cesión de deuda, el consumidor deberá ser notificado previamente antes de que se inicie cualquier gestión.

El proyecto también busca erradicar prácticas consideradas invasivas o vejatorias. De aprobarse, quedarán prohibidas las llamadas fuera del horario de 9 a 20 en días hábiles, los contactos durante fines de semana y feriados, las comunicaciones desde números ocultos o con costo para el usuario, así como el contacto con familiares, vecinos o empleadores para reclamar una deuda. Tampoco podrán difundirse listados de morosos sin orden judicial ni realizarse acciones de exposición pública que estigmaticen al deudor.
Otro de los ejes de la iniciativa es la atención al consumidor. Las empresas deberán garantizar canales gratuitos de contacto y atención por parte de personas humanas, sin que los sistemas automatizados o la inteligencia artificial sean el único medio disponible para realizar consultas o reclamos.
Además, el texto incorpora resguardos para las cuentas bancarias donde se acreditan salarios, jubilaciones o asignaciones familiares, impidiendo que sean afectadas de manera unilateral. También reconoce el derecho de los consumidores a obtener un certificado de libre deuda en un plazo máximo de 24 horas cuando la obligación reclamada no exista o se encuentre prescripta.
Redacción: Informe Norte / www.informenorte.com.ar








