La Caja de la Abogacía definió la Cuota Anual 2021

El 2020 fue un año muy difícil para nuestra profesión, por eso la Caja brindó la posibilidad de desistir el año de aportes, aún así, la pandemia sigue afectando la labor diaria y el ejercicio profesional. Es por eso que para este 2021 hemos elaborado un nuevo proyecto de desistimiento, para seguir acompañando a nuestros afiliados y afiliadas en tiempos difíciles. A continuación te contamos cómo será la integración o desistimiento de la cuota anual 2021:

DESISTIR DEL PAGO Hasta el 31/03/2022 se podrá desistir del pago y cómputo de la Cuota Anual 2021, siempre y cuando no alcanzare con sus aportes el estamento 6. El desistimiento podrá solicitarse desde servicios en línea (a la brevedad estará disponible y se informará la modalidad).

CUMPLIMIENTO CAO Los aportes ingresados entre el 01/01/2022 y el 31/03/2022 se imputarán al año 2021 salvo que al 31/12/2021 se haya alcanzado el 100% de la cuota anual, debiendo en ese caso quedar imputados al año del efectivo depósito.

OPCIÓN ESTAMENTO (aviso de cumplimiento) Si al 31/12/2021 se hubiera alcanzado algún estamento de opción necesaria (38%,50%,75%), podrá manifestar expresamente su voluntad de dar por cumplido el año de aportes, independientemente de que hubiera optado con anterioridad por un estamento. http://www.cajaabogados.org.ar/vermas-noticias.php?n=23#.YUSOP1VKjZ4

CUMPLIDA CON EL MENOR APORTE Llegado el 31/03/2022, al alcanzar cualquiera de los estamentos menores al 100% la cuota anual se dará por cumplida sin necesidad de dar aviso de cumplimiento. Es decir que, con los aportes y pagos ingresados hasta esa fecha se le incluirá automáticamente en el estamento que hubiere alcanzado. En caso de que no llegara a integrar el 38% podrá desistir el año o bien realizar un pago voluntario por la diferencia.

RECUPERO DEL AÑO DESISTIDO En cualquier momento y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio, se podrá solicitar el recupero de la anualidad 2021 desistida, debiendo abonar la suma equivalente a la Cuota Anual vigente en el año en que se solicite recuperar. Se tomará a cuenta el porcentual equivalente de aportes que pudiera tener ingresados en el año 2021.

JÓVENES Y NÓVELES Quienes se encuentren dentro del régimen de franquicias podrán optar por integrar la Cuota Anual 2021 según les corresponda, renunciar al régimen y optar por un estamento, o desistir del pago y cómputo a los fines jubilatorios, pasando los aportes ingresados -hasta el momento de la solicitud- al período 2022. Tal opción deberá formalizarse hasta el 31/03/2022. El año de franquicia, no será prorrogable.

PASE DE APORTES 2021 A 2022 Sólo jóvenes y nóveles que se encuentren dentro del régimen de franquicias podrán pasar los aportes ingresados durante el 2021 al año 2022. Este pase no es automático, se debe solicitar a través de servicios en línea. Cabe aclarar que no será posible pasar a la CAO 2022 aquellos aportes, que por el desistimiento 2020, se hubieran pasado de la anualidad 2020 a la 2021.

AFECTACIÓN DE LOS BENEFICIOS El año desistido no se computará a los efectos jubilatorios e implicará la pérdida de los beneficios de pago único en lo que resta del 2021 y durante todo el 2022. Asimismo, afectará la prorrata de todos los beneficios reglamentarios creados o a crearse.

Para más información http://www.cajaabogados.org.ar/index.php

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