ARCA elevó los montos a partir de los cuales las billeteras virtuales deben informar transacciones

Tras el anuncio, la palabra “corralito” se volvió tendencia en X. Te contamos por qué es falso que el usuario deba realizar un trámite adicional. Además, la medida ya rige desde el 2019, aunque ahora se actualizaron los valores.

La ex AFIP actualizó el piso mínimo que obliga a las entidades financieras a informar transacciones, transferencias, saldos y consumos que realicen sus clientes. La medida entró en vigencia desde el 1° de enero y el ajuste surge de la actualización semestral automática basada en la inflación acumulada en el período anterior.

Las obligaciones recaen concretamente sobre las billeteras virtuales y otras plataformas, que deben reportar cuando las transferencias superen los montos determinados a partir de enero de 2025: operaciones por $600.000, ingresos o egresos por $1.000.000 y saldos finales en cuentas por 2.000.000 pesos.

Este jueves, la resolución de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) se viralizó luego de que en redes sociales los usuarios replicaran la información bajo el hashtag “corralito”. Además, algunos medios refirieron que superados esos montos, la entidad podría exigir a los contribuyentes la documentación que demuestre el origen de los fondos.

En ese contexto, Gabriela Russo, presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires (CABA), aclaró en diálogo con el portal Chequeado que los clientes no deberán realizar ningún trámite, dado que “la información respecto de las transacciones están a cargo de las administradoras de billeteras virtuales”. Y añadió: “Se pueden recibir transferencias por cualquier importe. En caso de superar las sumas contempladas en el Régimen de Información serán reportadas a la AFIP”.

Además, vale aclarar que la medida está en vigencia desde el 2019, a partir de la Resolución 4298 de la entonces AFIP, y lo que hizo ahora ARCA fue actualizar los montos. De hecho, la imagen que se viralizó con el hashtag “corralito”, corresponde a los valores que regían hasta diciembre de 2024. A partir del 1° de enero de 2025, las billeteras virtuales deberán informar los ingresos y egresos que realicen sus clientes cuando la operación supere los $ 600 mil.

No obstante, advirtió que si los movimientos no son consistentes con la situación patrimonial del cliente (es decir, si se realizan transferencias que no se puedan justificar con los ingresos declarados ante el fisco) “se inicia un proceso de fiscalización”.

¿Cómo es el procedimiento de fiscalización de ARCA?

El órgano recaudador posee distintos tipos de fiscalizaciones y pueden iniciarse a través de 3 maneras:

Citaciones: se convoca al contribuyente para que brinde las respuestas y exhiba la documentación que respalde su situación patrimonial.

Verificaciones: se envía al contribuyente un requerimiento por escrito, en donde se le otorga un plazo para que responda sobre inconsistencias detectadas a fin de aportar la documentación requerida.

Inspecciones: se inicia un proceso de revisión, control y verificación que recae sobre los contribuyentes y, generalmente, ocurre en su domicilio.

Redacción: Informe Norte / www.informenorte.com.ar

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